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Procedimiento para donar en España al “Fondo COVID-19” de la Organización Mundial de la Salud

Escrito por Paco Abad | Mar 13, 2019 4:22:13 PM

El procedimiento que debe seguir cualquier donante (individual, empresa o de cualquier otro tipo de entidad) para donar desde España al “Fondo COVID-19” de la Organización Mundial de la Salud es el siguiente:

Para donaciones de no más de 1.000 euros: online

 

Para donaciones mayores de 1.000 euros: mediante transferencia 

Es recomendable que las donaciones inferiores a 1.000 euros se hagan mediante donación online por su eficiencia en costes, ya que el coste mínimo para donaciones por transferencia es de 50 euros.

(es muy importante que los puntos  y 2 se completen siempre con anterioridad al 3)

1.  Enviar un email a tge@empresaysociedad.org indicando:

  • El importe de la donación.
  • Datos de identificación del donante, para emitir el certificado de donación:
    • Nombre y apellidos (si es persona física) o razón social (si es persona jurídica)
    • Dirección postal
    • Número de teléfono
    • email
    • Identificación fiscal (NIF (para españoles), NIE (para extranjeros residentes en España) o CIF (para empresas)).
  • Adjuntar al email una copia del documento identificativo del donante: DNI (si es persona física española), NIE (persona física residente en España) o CIF (si es persona jurídica).

2. Efectuar el pago mediante transferencia del importe a la cuenta siguiente:

  • Titular:               Fundación Empresa y Sociedad (G 81 230 872)
  • Banco:                Banco Caminos / Almagro 8  /  28010 Madrid
  • IBAN                  ES79 0234 0001 0490 3028 5466
  • SWIFT                CCOCESMM
  • Concepto            “Fondo COVID19 +  NOMBRE DEL DONANTE«

3. Tras recibir la donación, Fundación Empresa y Sociedad emitirá el certificado para el donante, acorde a la legislación española.

4. La Fundación Empresa y Sociedad transferirá dicho importe a la entidad beneficiaria, previa deducción de los costes estándar para donaciones internacionales (5% del importe, con un mínimo de  50 euros por donación)

A veces puede ser necesario enviar documentación complementaria, de acuerdo con la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales.

 

Sobre Transnational Giving Europe

La fiscalidad de las donaciones internacionales a entidades sin fines lucrativos, principalmente a fundaciones, suele tener un elemento común: los donantes tienen un tratamiento fiscal favorable solo cuando el donante y la entidad beneficiaria son del mismo país.

Transnational Giving Europe (TGE) es una red de fundaciones de referencia en los países europeos y del mundo anglosajón que facilita que el donante se acoja al tratamiento fiscal existente en su país cuando realiza donaciones a entidades beneficiarias de otros. Se basa en unos procedimientos de due dilligence acordes a la normativa de cada país. En España tienen el visto bueno previo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y están adaptados a la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales.

 

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